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Bienvenidos a Valentino & Landa Merchandising

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jueves, 23 de mayo de 2013

VaLand Reforma Procesal Penal

 Reforma Procesal Penal VaLand Valentino & Landa Merchandising


A fin de conocer mejor sobre la tan mencionada Reforma Procesal Penal en México hablamos sobre los cambios legales en el tema.
Las senadoras Cristina Díaz Salazar, Hilda Flores Escalera y Diva Hadamira Gastélum Bajo, trabajaron sobre la Iniciativa con Proyecto de Decreto que expide el Código de Procedimientos Penales de los Estados Unidos Mexicanos. 
El día de hoy vamos a presentar la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide el Código de Procedimientos Penales de los Estados Unidos Mexicanos.


Donde es de citar que esta iniciativa busca unificar la legislación procesal penal en el país, para evitar la dispersión que actualmente prevalece en el proceso de implementación de la reforma constitucional del 2008 y procurar que la justicia penal sea igualitaria para todos.
Esto, para generar en nuestro país – en México — una legislación que se ajuste efectivamente a las realidades y necesidades nacionales, y responda a las expectativas de la sociedad mexicana. 

Es importante señalar que esta propuesta integral contiene tres elementos no contemplados en las otras iniciativas que han sido presentadas.
Además esta es la la única que propone – además de otras iniciativas — un código único.
Segundo, es la única que incluye un capítulo de derechos humanos de las víctimas, para contemplarlos desde la prevención. 

Tres, es la única que incluye preceptos de justicia restaurativa.
“ Lo que buscamos con ello es atender el sentido reclamo social de justicia, mismo que retomó el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, y que también se incluye en el Pacto por México, con el consenso de todas las fuerzas políticas firmantes, estableciendo como uno de sus compromisos impulsar un Código de Procedimientos Penales único, como uno de los mecanismos adecuados para implantar el nuevo sistema de justicia acusatorio y oral ” . 

ALGUNOS PUNTOS CLAVES
1.- Parte del reconocimiento de los motivos que determinan el cambio del sistema de justicia penal, que son el incremento de la violencia y la inseguridad pública provocados por el delito, la impunidad y la falta de funcionalidad de los órganos encargados de investigar y de perseguir el delito, de procurar y administrar la justicia penal; es decir, que nuestro sistema de justicia penal y de seguridad pública están en crisis, porque su manera de funcionar no ha podido ajustarse a las exigencias del Estado democrático de derecho, ni ha podido ser una respuesta adecuada a las necesidades de la sociedad.
Por ello, de esta reforma al sistema procesal penal depende de manera importante la función que corresponde desarrollar al Ministerio Público y al órgano judicial, la forma y los límites en cada uno, que debe desarrollar esta función. 

2.- Esta reforma constitucional de 2008 obedeció al acuerdo sobre la necesidad de fortalecer el Sistema Procesal Acusatorio y Oral, para mejorar la calidad de la justicia y hacer que el sistema sea más funcional.
Habrá que procurar que la implementación a este sistema, esté en condiciones de responder a las expectativas de la sociedad y a las exigencias del Estado democrático de derecho.
Las diferencias de criterios legislativos se observan en torno a la función del proceso penal y su vinculación con el derecho penal sustantivo, las etapas del procedimiento penal ordinario y por ende sobre los momentos procedimentales en que debe observarse los derechos, principios y garantías procesales.
El equilibrio debe existir entre la fase de investigación y el proceso, y nunca se le podrá restar importancia a la etapa fundamental, que es la investigación del delito y no preverse del uso de técnicas modernas de investigación. 

3.- Para consolidar un sistema de justicia penal que se ajuste a las exigencias del Estado democrático de derecho, es necesario contar con un Código de Procedimientos Penales único, que se sustente en principios y criterios de corte democrático, para que los objetivos políticos criminales del derecho penal y de la reforma constitucional se puedan alcanzar.
Insistimos en la necesidad de encontrar un mayor equilibrio entre la relación y la observancia de los derechos del inculpado y los que corresponden a la víctima del delito.
“ Con ello, queremos destacar, también, por último, que este proyecto presenta y procura regular instituciones y estrategias más realistas y racionales, en lugar de proponer medidas utópicas o que resulten irrealizables ” . 

“ Nos tenemos que ajustar y ubicar en las realidades nacionales y hacer a un lado los mitos, sabiendo cuáles son nuestras debilidades y cuáles son nuestras fortalezas en el sistema de justicia penal.
Estamos a sus órdenes, con quienes hoy de manera importante forman parte de esta propuesta, de este proyecto que presentaremos, el Código Único de Procedimientos Penales, y que incluye de manera importante un capítulo de derecho a las víctimas ” .
En este tema es muy importante resaltar que la propuesta que hoy presentan las senadoras, busca uniformar dos reformas constitucionales: la reforma constitucional del nuevo sistema penal en nuestro país y la reforma constitucional en materia de derechos humanos. 

Por eso incluye el proyecto, tanto los derechos humanos de las víctimas, como del inculpado durante el procedimiento.
También considera que el Código Penal Único debe ser un código de mínimos penales, por lo tanto se está planteando que muchos delitos, sobre todo patrimoniales o reconocidos como de querella, pasen a ser parte de una justicia alternativa, una justicia restaurativa que permita dar satisfacción a la víctima, pero que no implique la llegada al encarcelamiento de los inculpados.
Esto es algo muy novedoso en nuestro sistema y viene a ser un cambio radical.
Por último, insistir en que el proceso de reforma ya en marcha, debe tener un alto y debe de construirse un Código Penal Único, que garantice a los hombres y las mujeres de México su acceso a la justicia. 

El código va orientado a lograr el acceso a la justicia para las personas, que es un reclamo ciudadano vigente y necesario en nuestro país, y a fortalecer la capacidad de investigación de las autoridades, para disminuir la criminalidad delictiva.
- En cuanto a la justicia restaurativa, como ya lo mencionaba la senadora Cristina Díaz, en efecto tenemos una realidad hoy, que a casi cinco años de la aprobación de la reforma constitucional de seguridad y justicia, y a tres casi de que pueda cumplirse con esta obligación del Constituyente Permanente, de tener en todo el país operando ya el Sistema de Justicia Penal Acusatorio --mejor conocido coloquialmente como juicios orales--, necesitamos dar pasos acelerados para que esto pueda lograrse.
“ Hemos sido testigos que en estos cinco años lo que se ha logrado es una dispersión normativa, hay casi 20 entidades federativas que tienen centros de justicia restaurativa, y sin embargo vemos que cada quien está caminando por su lado ” .
De tal manera que este código, entre otras cuestiones, propone la instauración de un Centro Nacional de Justicia Restaurativa, que pueda captar todos estos esfuerzos y que pueda verdaderamente caminar hacia lograr este equilibrio entre víctimas e inculpados.
“Uno de los ejes fundamentales de este nuevo sistema – en la experiencia internacional--, es que más del 80 % de los casos que son planteados ante las autoridades penales, deben de salir por la vía de los medios alternos o solución de conflictos, si no, no funciona este sistema ” . 

Por lo que es de citar que es importante tener una atención prioritaria en los procedimientos de conciliación, mediación, salidas de acuerdos reparatorios previos a un juicio, para que no se congestione el sistema, y esta es una parte fundamental que estamos planteando en este proyecto.
Además esta es una reforma constitucional trascendente, de tal suerte que para aquellos que están cuestionando o polemizando que esto va a entorpecer el camino que se lleva andado en esta materia, creo que ahí estaría la respuesta.
Así este Código de Procedimientos Penales Único habrá que buscar: “ lo que pretendemos, la unificación.
México – lo señalamos — es una República representativa, democrática, federal y laica, compuesta por estados libres y soberanos, a quienes se reserva – entre otras — la facultad de legislar en materia penal del fuero común, y es por esa razón que en nuestro país existen tantos Códigos Penales y Códigos de Procedimientos Penales, como estados de la federación, incluyendo el Distrito Federal.
Se reconoce esta gran cantidad de códigos, pero esta diversidad de códigos nos lleva a tener diversidad de criterios legislativos y la falta de una justicia igualitaria en materia penal, por ello se sugiere la unificación de la legislación procesal penal, para tener un solo instrumento en materia de fuero federal 

 “ Como ustedes verán, en el proyecto se plantea una serie de razones del por qué la necesidad de unificar la legislación penal y procesal penal en México, y cómo es que el sistema de justicia penal –puede salir de esa crisis en que se encuentra ” .
Y una alternativa es precisamente el desarrollo de un sistema integral nacional de justicia alternativa, de justicia restaurativa, para que un gran número de problemas que actualmente pueblan el Sistema de Justicia Penal, puedan tener una solución más adecuada a través de otros mecanismos.

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