El día de hoy vamos a presentar la Iniciativa con
Proyecto de Decreto por el que se expide el Código de Procedimientos Penales de
los Estados Unidos Mexicanos.
Donde
es de citar que esta iniciativa busca unificar la legislación procesal penal en
el país, para evitar la dispersión que actualmente prevalece en el proceso de
implementación de la reforma constitucional del 2008 y procurar que la justicia
penal sea igualitaria para todos.
Esto,
para generar en nuestro país – en México — una legislación que se ajuste
efectivamente a las realidades y necesidades nacionales, y responda a las
expectativas de la sociedad mexicana.
Es
importante señalar que esta propuesta integral contiene tres elementos no
contemplados en las otras iniciativas que han sido presentadas.
Además
esta es la la única que propone – además de otras iniciativas — un código
único.
Segundo,
es la única que incluye un capítulo de derechos humanos de las víctimas, para
contemplarlos desde la prevención.
Tres,
es la única que incluye preceptos de justicia restaurativa.
“
Lo que buscamos con ello es atender el sentido reclamo social de justicia,
mismo que retomó el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, y que
también se incluye en el Pacto por México, con el consenso de todas las fuerzas
políticas firmantes, estableciendo como uno de sus compromisos impulsar un
Código de Procedimientos Penales único, como uno de los mecanismos adecuados para
implantar el nuevo sistema de justicia acusatorio y oral ” .
ALGUNOS PUNTOS CLAVES
1.-
Parte del reconocimiento de los motivos que determinan el cambio del sistema de
justicia penal, que son el incremento de la violencia y la inseguridad pública
provocados por el delito, la impunidad y la falta de funcionalidad de los
órganos encargados de investigar y de perseguir el delito, de procurar y
administrar la justicia penal; es decir, que nuestro sistema de justicia penal
y de seguridad pública están en crisis, porque su manera de funcionar no ha
podido ajustarse a las exigencias del Estado democrático de derecho, ni ha
podido ser una respuesta adecuada a las necesidades de la sociedad.
Por
ello, de esta reforma al sistema procesal penal depende de manera importante la
función que corresponde desarrollar al Ministerio Público y al órgano judicial,
la forma y los límites en cada uno, que debe desarrollar esta función.
2.-
Esta reforma constitucional de 2008 obedeció al acuerdo sobre la necesidad de
fortalecer el Sistema Procesal Acusatorio y Oral, para mejorar la calidad de la
justicia y hacer que el sistema sea más funcional.
Habrá
que procurar que la implementación a este sistema, esté en condiciones de
responder a las expectativas de la sociedad y a las exigencias del Estado
democrático de derecho.
Las
diferencias de criterios legislativos se observan en torno a la función del
proceso penal y su vinculación con el derecho penal sustantivo, las etapas del
procedimiento penal ordinario y por ende sobre los momentos procedimentales en
que debe observarse los derechos, principios y garantías procesales.
El
equilibrio debe existir entre la fase de investigación y el proceso, y nunca se
le podrá restar importancia a la etapa fundamental, que es la investigación del
delito y no preverse del uso de técnicas modernas de investigación.
3.-
Para consolidar un sistema de justicia penal que se ajuste a las exigencias del
Estado democrático de derecho, es necesario contar con un Código de
Procedimientos Penales único, que se sustente en principios y criterios de
corte democrático, para que los objetivos políticos criminales del derecho
penal y de la reforma constitucional se puedan alcanzar.
Insistimos
en la necesidad de encontrar un mayor equilibrio entre la relación y la
observancia de los derechos del inculpado y los que corresponden a la víctima
del delito.
“
Con ello, queremos destacar, también, por último, que este proyecto presenta y
procura regular instituciones y estrategias más realistas y racionales, en lugar
de proponer medidas utópicas o que resulten irrealizables ” .
“
Nos tenemos que ajustar y ubicar en las realidades nacionales y hacer a un lado
los mitos, sabiendo cuáles son nuestras debilidades y cuáles son nuestras
fortalezas en el sistema de justicia penal.
Estamos
a sus órdenes, con quienes hoy de manera importante forman parte de esta
propuesta, de este proyecto que presentaremos, el Código Único de
Procedimientos Penales, y que incluye de manera importante un capítulo de
derecho a las víctimas ” .
En
este tema es muy importante resaltar que la propuesta que hoy presentan las
senadoras, busca uniformar dos reformas constitucionales: la reforma
constitucional del nuevo sistema penal en nuestro país y la reforma
constitucional en materia de derechos humanos.
Por
eso incluye el proyecto, tanto los derechos humanos de las víctimas, como del
inculpado durante el procedimiento.
También
considera que el Código Penal Único debe ser un código de mínimos penales, por
lo tanto se está planteando que muchos delitos, sobre todo patrimoniales o
reconocidos como de querella, pasen a ser parte de una justicia alternativa,
una justicia restaurativa que permita dar satisfacción a la víctima, pero que
no implique la llegada al encarcelamiento de los inculpados.
Esto
es algo muy novedoso en nuestro sistema y viene a ser un cambio radical.
Por
último, insistir en que el proceso de reforma ya en marcha, debe tener un alto
y debe de construirse un Código Penal Único, que garantice a los hombres y las
mujeres de México su acceso a la justicia.
El
código va orientado a lograr el acceso a la justicia para las personas, que es
un reclamo ciudadano vigente y necesario en nuestro país, y a fortalecer la
capacidad de investigación de las autoridades, para disminuir la criminalidad
delictiva.
-
En cuanto a la justicia restaurativa, como ya lo mencionaba la senadora
Cristina Díaz, en efecto tenemos una realidad hoy, que a casi cinco años de la
aprobación de la reforma constitucional de seguridad y justicia, y a tres casi
de que pueda cumplirse con esta obligación del Constituyente Permanente, de
tener en todo el país operando ya el Sistema de Justicia Penal Acusatorio
--mejor conocido coloquialmente como juicios orales--, necesitamos dar pasos
acelerados para que esto pueda lograrse.
“
Hemos sido testigos que en estos cinco años lo que se ha logrado es una
dispersión normativa, hay casi 20 entidades federativas que tienen centros de
justicia restaurativa, y sin embargo vemos que cada quien está caminando por su
lado ” .
De
tal manera que este código, entre otras cuestiones, propone la instauración de
un Centro Nacional de Justicia Restaurativa, que pueda captar todos estos
esfuerzos y que pueda verdaderamente caminar hacia lograr este equilibrio entre
víctimas e inculpados.
“Uno
de los ejes fundamentales de este nuevo sistema – en la experiencia
internacional--, es que más del 80 % de los casos que son planteados ante las
autoridades penales, deben de salir por la vía de los medios alternos o
solución de conflictos, si no, no funciona este sistema ” .
Por
lo que es de citar que es importante tener una atención prioritaria en los
procedimientos de conciliación, mediación, salidas de acuerdos reparatorios
previos a un juicio, para que no se congestione el sistema, y esta es una parte
fundamental que estamos planteando en este proyecto.
Además
esta es una reforma constitucional trascendente, de tal suerte que para
aquellos que están cuestionando o polemizando que esto va a entorpecer el
camino que se lleva andado en esta materia, creo que ahí estaría la respuesta.
Así
este Código de Procedimientos Penales Único habrá que buscar: “ lo que
pretendemos, la unificación.
México
– lo señalamos — es una República representativa, democrática, federal y laica,
compuesta por estados libres y soberanos, a quienes se reserva – entre otras —
la facultad de legislar en materia penal del fuero común, y es por esa razón
que en nuestro país existen tantos Códigos Penales y Códigos de Procedimientos
Penales, como estados de la federación, incluyendo el Distrito Federal.
Se
reconoce esta gran cantidad de códigos, pero esta diversidad de códigos nos
lleva a tener diversidad de criterios legislativos y la falta de una justicia
igualitaria en materia penal, por ello se sugiere la unificación de la legislación
procesal penal, para tener un solo instrumento en materia de fuero federal
“ Como ustedes verán, en el proyecto se
plantea una serie de razones del por qué la necesidad de unificar la
legislación penal y procesal penal en México, y cómo es que el sistema de
justicia penal –puede salir de esa crisis en que se encuentra ” .
Y
una alternativa es precisamente el desarrollo de un sistema integral nacional
de justicia alternativa, de justicia restaurativa, para que un gran número de
problemas que actualmente pueblan el Sistema de Justicia Penal, puedan tener
una solución más adecuada a través de otros mecanismos.
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